Términos y condiciones generales

Términos y Condiciones Generales

Índice:

Artículo 1 - Definiciones

Artículo 2 - Identidad del empresario

Artículo 3 - Ámbito de aplicación

Artículo 4 - La oferta

Artículo 5 - El contrato

Artículo 6 - Derecho de desistimiento

Artículo 7 - Costes en caso de desistimiento

Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento

Artículo 9 - El precio

Artículo 10 - Conformidad y garantía

Artículo 11 - Entrega y ejecución

Artículo 12 - Contratos de duración: duración, cancelación y renovación

Artículo 13 - Pago

Artículo 14 - Procedimiento de reclamaciones

Artículo 15 - Litigios

Artículo 16 - Disposiciones adicionales o divergentes

 

Artículo 1 - Definiciones

A efectos de los presentes Términos y Condiciones, se aplicarán las siguientes definiciones:

  1. Plazo de reflexión: el periodo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  2. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial o profesional y que celebra un contrato a distancia con el comerciante;
  3. Día: día natural;
  4. Transacción de duración: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de suministro y/o compra se extiende en el tiempo;
  5. Soporte duradero: cualquier instrumento que permita al consumidor o al comerciante almacenar información dirigida personalmente a él, de modo que sea accesible para su consulta futura durante un periodo adecuado para los fines de dicha información y que permita la reproducción sin cambios de la información almacenada;
  6. Derecho de desistimiento: la opción del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
  7. Formulario modelo: el modelo de formulario de desistimiento puesto a disposición por el comerciante, que el consumidor puede cumplimentar cuando desee ejercer su derecho de desistimiento;
  8. Comerciante: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a los consumidores a distancia;
  9. Contrato a distancia: contrato celebrado entre el comerciante y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos y/o servicios, en el que, hasta el momento de la celebración del contrato inclusive, se utilizan exclusivamente una o varias técnicas de comunicación a distancia;
  10. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin la presencia simultánea del consumidor y del comerciante en el mismo lugar;
  11. Términos y Condiciones Generales: los presentes Términos y Condiciones Generales del comerciante.

 

Artículo 2 - Identidad del empresario

BARFmenu B.V.;

Dirección: Wilgenlaan 3e, 2651TA, Berkel en Rodenrijs;

Número de teléfono: 010-5148032 disponible de lunes a viernes, de 09:00 a 17:00 horas.

Dirección de correo electrónico: [email protected]

Número de registro en la Cámara de Comercio: 72368748

Número de identificación a efectos del IVA: NL825776090B01

 

 

 

Artículo 3 - Ámbito de aplicación

  1. Las presentes condiciones generales se aplican a toda oferta realizada por el empresario y a todo contrato a distancia celebrado, así como a los pedidos realizados, entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, el empresario indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, que las condiciones generales están disponibles para su consulta en el establecimiento del empresario y que se enviarán al consumidor de forma gratuita y a la mayor brevedad posible previa solicitud.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, y no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, el empresario indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, dónde se puede acceder a las condiciones generales por vía electrónica y que estas se enviarán al consumidor de forma gratuita —ya sea por vía electrónica o por otro medio— previa solicitud.
  4. En caso de que se apliquen condiciones específicas para determinados productos o servicios además de las presentes condiciones generales, se aplicarán en consecuencia los párrafos segundo y tercero; en caso de conflicto entre condiciones, el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le resulte más favorable.
  5. Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales resultaran nulas o anulables, total o parcialmente, en cualquier momento, el resto del contrato y de las condiciones generales permanecerán vigentes, y la disposición en cuestión se sustituirá sin demora, de mutuo acuerdo, por otra que se aproxime lo máximo posible a la intención de la disposición original.
  6. Las situaciones no contempladas en estas condiciones generales se evaluarán de conformidad con el espíritu de las mismas.
  7. Cualquier ambigüedad relativa a la interpretación o al contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones generales se interpretará de conformidad con el espíritu de las mismas.

 

Artículo 4 - La oferta

  1. Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará explícitamente en la oferta.
  2. La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y ajustar la oferta.
  3. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al consumidor evaluar adecuadamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas constituyen una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores o equivocaciones manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
  4. Todas las imágenes, especificaciones y datos de la oferta son orientativos y no pueden dar lugar a indemnización ni a la resolución del contrato.
  5. Las imágenes que acompañan a los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados se correspondan exactamente con los colores reales de los productos.
  6. Cada oferta contiene información suficiente para que el consumidor comprenda claramente qué derechos y obligaciones conlleva la aceptación de la oferta. Esto se refiere en
    particular a:
    • el precio con los impuestos incluidos;
    • los gastos de envío;
    • la forma en que se formalizará el contrato y los pasos necesarios para ello;
    • si se aplica o no el derecho de desistimiento;
    • la modalidad de pago, entrega y ejecución del contrato;
  • el plazo de aceptación de la oferta o el periodo durante el cual el comerciante garantiza el precio;
  • la tarifa de comunicación a distancia, si los costes de utilización del medio de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica estándar del medio de comunicación empleado;
  • si el contrato se archiva tras su celebración y, en tal caso, cómo puede acceder a él el consumidor;
  • la forma en que el consumidor puede verificar y, en su caso, corregir la información que haya facilitado en el marco del contrato antes de la celebración de este;
  • los idiomas distintos del neerlandés en los que pueda celebrarse el contrato;
  • los códigos de conducta a los que esté sujeto el comerciante y la forma en que el consumidor puede acceder a dichos códigos por vía electrónica; y
  • la duración mínima del contrato a distancia en el caso de contratos de prestación continuada.

 

Artículo 5 - El contrato

  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se perfecciona en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones asociadas a la misma.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el comerciante confirmará inmediatamente la recepción de dicha aceptación por vía electrónica. Mientras el comerciante no haya confirmado la recepción de la aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.
  3. Si el contrato se celebra por vía electrónica, el comerciante adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la transmisión electrónica de datos y asegurar un entorno web seguro. Si el consumidor puede realizar pagos electrónicos, el comerciante observará las medidas de seguridad adecuadas a tal efecto.
  4. El comerciante podrá —dentro del marco legal— informarse sobre si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como sobre todos los hechos y factores relevantes para celebrar el contrato a distancia de manera responsable. Si, sobre la base de esta investigación, el comerciante tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar un pedido o solicitud, exponiendo los motivos, o a imponer condiciones especiales para su ejecución.
  5. Junto con el producto o servicio, el comerciante facilitará al consumidor la siguiente información, ya sea por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de manera accesible en un soporte duradero:
  6. la dirección del establecimiento del comerciante donde el consumidor pueda presentar reclamaciones;
  7. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión de dicho derecho;
  8. información sobre las garantías y el servicio posventa existente;
  9. la información establecida en el artículo 4, apartado 3, de los presentes términos y condiciones, salvo que el comerciante ya haya facilitado dicha información al consumidor antes de la ejecución del contrato;
  10. los requisitos para la terminación del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
  11. En el caso de un contrato de ejecución continuada, la disposición del apartado anterior se aplica únicamente a la primera entrega.
  12. Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de que exista suficiente disponibilidad de los productos en cuestión.

 

Artículo 6 - Derecho de desistimiento

Para la entrega de productos:

  1. Al comprar productos, el consumidor tiene la opción de rescindir el contrato sin necesidad de justificación durante un plazo de 14 días. Este plazo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante designado previamente por este y comunicado al comerciante.
  2. Durante el plazo de reflexión, el consumidor deberá manipular el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar si desea conservarlo. Si ejerce su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto al comerciante con todos los accesorios suministrados y —siempre que sea razonablemente posible— en su estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el comerciante.
  3. Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, está obligado a comunicárselo al comerciante en un plazo de 14 días tras la recepción del producto. El consumidor debe realizar dicha notificación utilizando el formulario modelo. Una vez comunicada al comerciante la intención de ejercer el derecho de desistimiento, el cliente debe devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor debe acreditar que los productos entregados fueron devueltos dentro del plazo establecido, por ejemplo, mediante un justificante de envío.
  4. Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha comunicado al comerciante su intención de ejercer el derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al comerciante, la compra se considerará definitiva.

Para la prestación de servicios:

  1. En el caso de la prestación de servicios, el consumidor tiene la opción de rescindir el contrato sin necesidad de justificación durante un plazo mínimo de 14 días, que comienza el día de la celebración del contrato.
  2. Para ejercer su derecho de desistimiento, el consumidor deberá cumplir con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el comerciante a este respecto en el momento de la oferta y/o, a más tardar, en el momento de la entrega.

 

Artículo 7 - Costes en caso de desistimiento

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, deberá asumir, como máximo, los costes de devolución de los bienes.
  2. Si el consumidor ha efectuado un pago, el comerciante reembolsará dicho importe lo antes posible y, en todo caso, en un plazo máximo de 14 días a partir del desistimiento. Este reembolso queda condicionado a que el minorista en línea haya recibido el producto devuelto o a que se aporte una prueba fehaciente de su devolución completa. El reembolso se efectuará utilizando el mismo medio de pago empleado por el consumidor, salvo que este consienta expresamente el uso de un medio de pago diferente.
  3. Si el producto resulta dañado debido a una manipulación negligente por parte del consumidor, este será responsable de cualquier depreciación del valor del producto.
  4. El consumidor no será responsable de la depreciación del valor del producto si el comerciante no ha facilitado toda la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento; dicha información debe proporcionarse antes de la celebración del contrato de compraventa.

 

 

Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento

  1. El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo se aplicará si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta o, al menos, con suficiente antelación a la celebración del contrato.
  2. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
  3. que hayan sido elaborados por el empresario conforme a las especificaciones del consumidor;
  4. que tengan un carácter claramente personalizado;
  5. que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos;
  6. que sean susceptibles de deteriorarse o caducar con rapidez;
  7. cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga control;
  8. periódicos y revistas sueltos;
  9. grabaciones de audio o vídeo y programas informáticos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
  10. productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
  11. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para servicios:
  12. relacionados con el alojamiento, el transporte, los servicios de restauración o las actividades de ocio que deban prestarse en una fecha determinada o durante un periodo específico;
  13. cuya ejecución haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que expire el plazo de desistimiento;
  14. relacionados con apuestas y loterías.

 

 

Artículo 9 - El precio

  1. Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo por cambios de precio derivados de modificaciones en los tipos del IVA.
  2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios con precios variables si dichos precios están sujetos a fluctuaciones del mercado financiero sobre las cuales el empresario no tiene influencia. En la oferta se indicará que los precios están sujetos a tales fluctuaciones y que los precios señalados son precios orientativos.
  3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permitirán si derivan de normativas o disposiciones legales.
  4. Los aumentos de precio que se produzcan 3 meses o más después de la celebración del contrato solo se permitirán si el empresario lo ha estipulado así y:
  5. derivan de normativas o disposiciones legales; o
  6. el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato con efectos a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
  7. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
  8. Todos los precios están sujetos a errores de impresión y tipográficos. No se asume responsabilidad alguna por las consecuencias de dichos errores. En caso de errores de impresión o tipográficos, el empresario no está obligado a suministrar el producto al precio erróneo.

 

Artículo 10 - Conformidad y garantía

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con lo acordado, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de solidez y/o utilidad, y con las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se ha acordado, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del habitual.
  2. Cualquier garantía ofrecida por el empresario, el fabricante o el importador no afecta a los derechos y reclamaciones legales que el consumidor pueda ejercer frente al empresario en virtud del contrato.
  3. Cualquier defecto o entrega de productos incorrectos deberá comunicarse al empresario por escrito en un plazo de 4 semanas tras la entrega. Los productos deberán devolverse en su embalaje original y en perfecto estado (como nuevos).
  4. El periodo de garantía del empresario coincide con el periodo de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no será responsable en ningún caso de la idoneidad final de los productos para una aplicación específica por parte del consumidor, ni del asesoramiento relativo al uso o aplicación de los productos.
  5. La garantía no será aplicable si:
  • El consumidor ha reparado y/o modificado por sí mismo los productos entregados, o ha hecho que terceros los reparen y/o modifiquen;
  • Los productos entregados han estado expuestos a condiciones anormales, han sido manipulados de forma negligente o tratados contraviniendo las instrucciones del empresario y/o las indicaciones del embalaje;
  • El defecto se debe, total o parcialmente, a normativas impuestas o que imponga el gobierno en relación con la naturaleza o calidad de los materiales utilizados.

 

Artículo 11 - Entrega y ejecución

  1. El comerciante actuará con la mayor diligencia posible al recibir y ejecutar pedidos de productos y al evaluar solicitudes de prestación de servicios.
  2. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.
  3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida celeridad, pero a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega superior. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, se informará de ello al consumidor a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno. El consumidor no tendrá derecho a indemnización.
  4. Todos los plazos de entrega son orientativos. El consumidor no podrá derivar derecho alguno de los plazos indicados. El incumplimiento de un plazo no otorga al consumidor derecho a indemnización.
  5. En caso de resolución del contrato de conformidad con el apartado 3 de este artículo, el comerciante reembolsará el importe abonado por el consumidor lo antes posible y, en todo caso, en un plazo máximo de 14 días desde la resolución.
  6. Si la entrega de un producto solicitado resulta imposible, el comerciante se esforzará por poner a disposición un artículo de sustitución. Se informará de manera clara y comprensible, a más tardar en el momento de la entrega, de que se está suministrando un artículo de sustitución. El derecho de desistimiento no podrá excluirse para los artículos de sustitución. Los gastos de cualquier envío de devolución correrán a cargo del comerciante.
  7. El riesgo de daños y/o pérdida de los productos recaerá sobre el comerciante hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al comerciante, salvo que se acuerde expresamente lo contrario.

 

Artículo 12 - Contratos de prestación continuada: duración, resolución y renovación

Resolución

  1. El consumidor podrá resolver en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que implique la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, con sujeción a las normas de resolución acordadas y a un plazo de preaviso no superior a un mes.
  2. El consumidor podrá resolver en cualquier momento, hacia el final del plazo fijo, un contrato celebrado por un periodo determinado que implique la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, con sujeción a las normas de resolución acordadas y a un plazo de preaviso no superior a un mes.
  3. Respecto a los contratos mencionados en los apartados anteriores, el consumidor podrá:
  • resolverlos en cualquier momento, sin verse limitado a hacerlo en un momento o periodo específicos;
  • resolverlos, como mínimo, por la misma vía utilizada para su celebración;
  • resolverlos siempre con sujeción al mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.

Renovación

  1. Un contrato celebrado por un periodo determinado que implique la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un plazo fijo.
  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por un periodo determinado que implique la entrega periódica de periódicos y revistas diarios o semanales podrá prorrogarse tácitamente por un plazo fijo máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda resolver dicho contrato prorrogado al finalizar la prórroga con un plazo de preaviso no superior a un mes.
  3. Un contrato de duración determinada para el suministro periódico de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor tiene derecho a resolver el contrato en cualquier momento, con sujeción a un plazo de preaviso no superior a un mes (o no superior a tres meses en el caso de contratos para el suministro periódico —con una frecuencia inferior a una vez al mes— de periódicos y revistas diarios, semanales o de otro tipo).
  4. Un contrato de duración determinada para el suministro periódico de periódicos y revistas diarios, semanales o de otro tipo en régimen de prueba o de introducción (suscripción de prueba o introductoria) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al expirar el periodo de prueba o de introducción.

Duración

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá resolverlo en cualquier momento trascurrido el primer año, previo aviso con una antelación no superior a un mes, salvo que los principios de razonabilidad y equidad impidan la resolución antes de la finalización del plazo acordado.

 

Artículo 13 - Pago

  1. Salvo pacto en contrario, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 7 días hábiles a partir del inicio del plazo de desistimiento a que se refiere el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará a contar a partir de la fecha en que el consumidor reciba la confirmación del contrato.
  2. El consumidor está obligado a notificar al empresario, sin demora, cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
  3. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, con sujeción a las limitaciones legales, a cobrar los gastos razonables que se le hayan comunicado previamente.

 

Artículo 14 - Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones debidamente divulgado y tramita las reclamaciones de conformidad con dicho procedimiento.
  2. Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deben presentarse al empresario con una descripción completa y clara en un plazo de 7 días tras haber detectado el consumidor los defectos.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente mayor, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días confirmando la recepción e indicando cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
  4. Si la reclamación no puede resolverse mediante mutuo acuerdo, surge un litigio sujeto al procedimiento de resolución de conflictos.
  5. En caso de reclamación, el consumidor debe dirigirse en primer lugar al empresario. Si la reclamación no puede resolverse mediante mutuo acuerdo, el consumidor tiene la opción de someter el litigio a un comité de resolución de conflictos independiente. La resolución de dicho comité es vinculante, y tanto el empresario como el consumidor aceptan dicha resolución vinculante.

    Someter un litigio al comité de resolución de conflictos conlleva unos costes que el consumidor deberá abonar al comité en cuestión. También es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea de resolución de litigios en línea (http://ec.europa.eu/odr).

  6. La presentación de una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que este indique lo contrario por escrito.
  7. Si el empresario considera justificada la reclamación, procederá, a su discreción, a sustituir o reparar gratuitamente los productos entregados.

 

Artículo 15 - Controversias

  1. La legislación neerlandesa se aplica exclusivamente a los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales, incluso si el consumidor reside en el extranjero.
  2. La Convención de Viena sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) no es aplicable.

 

Artículo 16 - Disposiciones adicionales o divergentes

Cualquier disposición que complemente o se aparte de las presentes Condiciones Generales no deberá perjudicar al consumidor y deberá constar por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero.